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jueves, 23 de diciembre de 2010

El Supremo rebaja la condena al ex espía del CNI Flórez

 
 
 
 
El Tribunal Supremo ha considerado "desproporcionada" la pena de doce años de prisión impuesta al ex agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Roberto Flórez por un delito de traición por hacerse con información secreta supuestamente para vendérsela a Rusia y la ha rebajado a nueve años.
El argumento utilizado por el Supremo en su sentencia es que la Audiencia Provincial de Madrid impuso a Flórez la pena máxima prevista para el delito de traición, cuando la conducta que se le imputa -"procurarse" información- no es tan grave como la de "revelar" esos datos, recogida en el mismo precepto del Código Penal.
El Supremo admite que la condición de agente del CNI de Flórez "justifica por sí sola una mayor penalidad", ya que traicionó la confianza de los servicios de inteligencia, pero rechaza que se le deba culpar también por la reestructuración que éstos tuvieron que llevar a cabo tras descubrirle, sobre todo porque no ha quedado acreditado que llegara a vender los secretos que robó. Esa reestructuración "no es sino una consecuencia del delito ajena a la descripción del tipo y, por tanto, no abarcable por el dolo del agente", dice la sentencia, que añade que al no quedar probado "que los secretos llegaron a difundirse, su adopción participa de un carácter cautelar o preventivo que no puede transmutar su naturaleza para justificar la exasperación punitiva".
El Tribunal Supremo critica en su resolución las múltiples "trabas" sufridas por la defensa de Flórez para acceder al sumario una vez levantado el secreto. "Las trabas puestas a la defensa -todas ellas inadmisibles por su significado marcadamente burocrático- no pueden ser justificadas por esta sala. Incluso algunas de las objeciones podrían haber sido objeto de denuncia en el marco disciplinario", dice el tribunal.
Dispuesto a colaborar con Rusia
La sentencia de la Audiencia de Madrid del pasado 11 de febrero, la primera por un delito de traición dictada en democracia, declaró probado que Flórez accedió "a numerosa documentación e información perteneciente al Centro" clasificada como secreta, "pese a que no contaba con autorización para ello", y que lo hizo "con la intención de ofrecérsela a los servicios secretos de Rusia".
La documentación contenía datos relativos, entre otros, a la denominación y claves internas de los diferentes organismos del Centro, a las autoridades con las que éste mantiene relación y a las que remite informes de inteligencia, a las delegaciones del CNI en el exterior, a su estructura e, incluso, un listado de su personal por orden alfabético. Los documentos fueron encontrados en 2007 en el domicilio de Flórez, junto a dos cartas dirigidas al 'señor Melnikov', al que el tribunal identificó con Petr Yakovlevich Melnikov, consejero de la Embajada de Rusia en España entre 2000 y 2003.
En la primera carta, Flórez se mostraba dispuesto a "colaborar" con Rusia a cambio de 200.000 dólares y avanzaba algunos de los posibles "contenidos" de su colaboración, entre ellos, el de "identificarles y mantener actualizado 'quién es quién' en el Centro". En una segunda carta, Flórez decía que se habían producido "diversos acontecimientos relevantes" que aconsejaban "actualizar" la información remitida anteriormente. Sin embargo, y a pesar de que las acusaciones sostenían que Flórez "llegó a revelar la información" a Rusia y que ello obligó a "neutralizar" dos operaciones del Centro, el tribunal no consideró acreditado ese extremo, ya que los miembros del CNI que declararon en el juicio no facilitaron los datos que lo demostrarían "por ser secretos".

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